FUERZAS ARMADAS Y EL ARTÍCULO 8 DE LA CONSTITUCIÓN. UN GRAN ERROR. General de División (R.) Rafael Dávila Álvarez

Convencidos ­­de que el gran problema del futuro de España eran las autonomías, conocedores de los antecedentes históricos que arrastrábamos, nuestra transición quedó tambaleante cuando unos cuantos sabios elaboraron una Constitución a sabiendas de que tarde o temprano iba a estallar y saltar por los aires llevándose a España por delante. Lo sabían; y si no, es que no eran los más adecuados para semejante labor.

La Constitución de 1978 fue un intento de armonizar sensibilidades opuestas, que traía un mensaje de paz a los hombres de buena voluntad. Pronto se vio que eso, en España, es imposible.

El fanatismo se armó de pistolas que asesinaros a cerca de mil personas para después entrar en la fase del infame olvido una vez que los asesinos han conquistado las instituciones y son apoyados desde el poder establecido con el honroso título de hombres de paz.

Siguiente paso: romper la unidad de España a través del separatismo burgués, agresivo y amenazador, con el apoyo internacional de sectores harto conocidos.

Superada la fase de la violencia física, la de matar (suponemos y deseamos), hemos entrado en ello: consiste en poner cara de buenos y reclamar unos  derechos (¿derecho a decidir?) inexistentes cuya única finalidad es desunir España y acabar con la convivencia. Para ello se abrazan a los que apoyaron -y apoyan- la primera fase y los invitan a su casa a comer en la misma pocilga.

Todo ello, primera y segunda fase, auspiciado desde el poder, el que da manejar las instituciones y apoya el silencio de la tibieza cobarde de muchos, por no decir de casi todos. Pocos se salvan de la mediocridad, o traición, con resultados que veremos en muy poco tiempo, menos del que pensamos.

El proceso pronto entrará en su tercera fase: controlar los medios (ya están acabando el ciclo), modificar la Ley (están en ello), legalizar el delito, eliminar esta Constitución que consagra la forma política de la nación como Monarquía parlamentaria. Ni nación, ni monarquía, ni religión; que son los tres grandes retos que afrontan los nuevos estalinianos: Largo Caballero transformado en Zapatero y convertidos ambos en el transformer Sánchez, aderezado, al fin, con dosis de todo pelaje del extremismo comunista. Malas hierbas.

El gran error de la democracia fue: <<Pan para hoy, hambre para mañana>>. Echaron migas a los gorriones que ahora se han convertido en buitres leonados.

El gran error fue de inocencia estudiantil, de desconocimiento de la historia de este pueblo al que el comunismo se le coló de rondón y anda detrás de él como la hiena tras la carroña.

Aquella Constitución se elaboró con un gran error, y no fue el de las nacionalidades del artículo 2, que también, sino el no haber legislado  para evitar que el separatismo renaciese fuerte y seguro en sus aspiraciones. Sabían y sabíamos que esto ocurriría, pero se miró para otro lado para salvar aquel momento. Nadie tuvo el valor y la fuerza de decir y legislar que España es soberana, independiente, que su integridad territorial está por encima de cualquier capricho separatista; así como el ordenamiento constitucional. Decirlo no era suficiente. Había que llevarlo al Código Penal.

Para cubrirse se inventaron el artículo 8. Calmaban, en principio, el arreón que se temía. Creyeron que le daban fortaleza a la unidad de España, a su integridad territorial: <<Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional>>. ¿Y qué?, ¿para qué? De nada sirve. Papel mojado. Una burla constituida tras un juramento: ¡Soldados! ¿Juráis o prometéis por vuestra conciencia y honor…! Cumplir y hacer cumplir la Constitución (?). ¿Un brindis al sol? No hay artículo 8 si la voluntad política negocia con la integridad territorial y la unidad de España. Porque como todos sabemos de aquellos tiempos: <<El poder tiene recursos para todo… ofrece muchas posibilidades. Todo el secreto está en saber manejar los dispositivos legales>>. España en manos de los separatistas. La zorra en el gallinero. El dueño de las gallinas tiene escopeta, pero sin munición.

Fue el gran error: no blindar la unidad de España, su integridad territorial, con la Ley, de manera que cualquiera que plantease su ruptura fuese reo de delito. De grave delito. No debería existir un grupo político que desde dentro, cual caballo de Troya, se convierta en destructor de España, que su planteamiento sea la independencia desde el separatismo. Legislar así, penar a todo el que se constituya contra la unidad e integridad territorial, era, es, y debe ser, constituirse en defensa de la unidad de España y su integridad territorial. Se les olvidó a los padres de la Constitución. ¿O no?

Creo que ya es tarde. Vemos que ni el artículo 116, ni el 155; mucho menos el 8, sirven para evitar que la locura separatista-independentista se produzca. De nada nos vale la Constitución si la voluntad política es contraria. Cuestión de tiempo.

Parece que el dicho popular: <<el que hace la Ley hace la trampa>>, en este caso, y en otros muchos, se cumple. De entrada ya están moldeando la ley a su antojo. Sedición, rebelión, como recuerdo de la ley de defensa de la República, al margen de los tribunales. Toda una pieza de legalidad.

De aquellos polvos estos lodos. La casa patas arriba. Menos mal que aún queda algo de casa.

Pronto habrá mudanza. Vayan embalando. Todo consentido, dialogado, aprobado y legalizado.

¡Vaya error! ¿O no? Dijeron y escribieron: España , su unidad como única Nación, independiente, soberana, íntegra territorialmente, respetuosa con el orden constitucional. Se lo dieron como  misión a las Fuerzas Armadas. ¿Para qué? Se olvidaron de la Ley y cualquiera puede predicar, legislar y, desde dentro, hacer lo contrario. Hasta conseguirlo ante la asombrada mirada de los que nos creíamos que la Ley protegía la unidad de España y su integridad territorial.

Ni la Ley, ni los cañones.

“El golpe de estado es el rayo que fulmina antes de que el trueno pueda ser escuchado” (Gabriel Naudé).

¿Oyen algo? Silencio. Sigan esperando.

General de División (R.) Rafael Dávila Álvarez

Blog: generaldavila.com

24 febrero 2020

27 pensamientos en “FUERZAS ARMADAS Y EL ARTÍCULO 8 DE LA CONSTITUCIÓN. UN GRAN ERROR. General de División (R.) Rafael Dávila Álvarez

  1. La competencia asignada a un organo/Organismo por una Ley,es irrenunciable,dice una vieja norma juridica.Tambien el compromiso de defender a España frente a quienes la atacan,buscando su desintegracion territorial,es irrenunciable para cualquier español verdaderamente patriota.

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  2. A las órdenes de V.E., mi General.

    Este es el diagnóstico exacto e irrefutable de la situación. Estamos en un barco a la deriva, sin timón ni combustible, pues hasta el mascarón de proa ha sido el, último cartucho quemado en la caldera, y manejado (gobernado sería el término marinero) por piratas y bucaneros de la peor especie, sin conocimientos de navegación.

    Un servidor vivió con gran interés y enorme preocupación aquel proceso para hacer una Constitución que fuera garantía de convivencia y de derechos y obligaciones. Fue difícil componer un borrador por las presiones y amenazas de una izquierda revanchista y vengativa, así como por unos nacionalismos secesionistas que veían su oportunidad para ir a por todas, incluso utilizando el terror y el asesinato diario. La inmensa mayoría de los muertos, por cierto, los puso el Ejército pero sin opción a combatir.

    No hay más que recordar lo variopinto de los personajes que desde la televisión nos vendían la moto sin dar opción ni la palabra a posibles opiniones que hubieran enriquecido el texto para garantizar los conceptos inmutables e irrenunciables que V.E. enumera. El PSOE consiguió llevarse el gato al agua, y la prueba está en cuando surgió el conato de atranque ante la imposición por su parte, por exigencia de sus amigos y hoy socios nacionalistas , del vocablo «nacionalidades» sí o sí. con la amenaza de levantarse de la mesa y dar por terminada la partida de póguer con sus cartas marcadas.

    Bien se cuidaron, además, de desposeer a S. M. el Rey de sus poderes heredados para que nunca pudiera ejercer su facultad de veto ante un intento de legislación que atentase contra el sistema de régimen y la unidad sagrada de la nación. No deseo ni creo necesario nombrar a nadie, pero seguro que todos recordamos a los gurús, siempre los mismos, que nos predicaban desde el monitor en blanco y negro, hablándonos como a niños de jardín de infancia, y hasta con la amenaza velada y «cariñosa» del cachete si no aprendíamos la lección.

    En resumen, una Constitución salida de la amenaza chulesca de unos, del pánico y falta de coraje de otros, y de la ignorancia y aborregamiento de la mayoría. Creo que, al menos en mi entorno, de nivel cultural medio aceptable, fui el único que se leyó concienzudamente aquel librito que nos echaron a todos en el buzón con el texto definitivo. La inmensa mayoría ni lo abrió siquiera, y acudieron a votar diciendo «bee» sin cuestionarse nada.

    El resultado de tan «buena fe», es lo que tenemos y lo que vendrá si Dios no lo impide.

    ¡¡¡Viva España!!!

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  3. Mal empezamos la mañana, pero había que coger al toro por los cuernos y explicar a los españoles, la realidad de la trágica situación en que está ESPAÑA. Enhorabuena mi General por contar la verdad.Nos queda poco tiempo , para que la situación sea irreversible
    Yo voté NO a la Constitución por la palabra Nacionalidades, me sonó mal, es una pena que acertara, aclaro que siempre la he acatado.
    Confiar en Dios, no lo considero acertado, es como resignarse a lo que venga. A Dios rogando y con el mazo dando , me gusta más.
    TODO por ESPAÑA !!!!!!🇪🇸🇪🇸🇪🇸🇪🇸

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  4. Mi General y con el permiso de vuecencia…..Fue en el tardofranquismo cuando se empieza a fraguar la diferencia entre las provincias: Unas surtían de mano de obra barata para que otras mas burguesas potenciaran su industria. Las primeras autopistas o las grandes industrias manufactureras se potenciaron en donde la burguesía antiespañola tenia mas arraigo y se surtía de trenes enteros llenos de «españolitos» muy baratitos. La fabriqueta y la Ria de Bilbao no pueden hablar pero….. La virgen de Montserrat y la de Begoña tenían más admiración que la de Guadalupe o la del Rocio como si estuvieran en un escalón superior. Lo que hoy se vive estaba mas que denunciado desde 1978. No obstante la política territorial en España lleva dando problemas desde Carlos. Hemos pasado por centralismo, regionalismo, cantonalismo , autonomismo y unionismo….creo que no hay mas variables porque si las hubiera las habríamos experimentado en la piel de toro…..Ah sí….las ciudades repúblicas como Genova o Venecia…pues mire…a lo mejor es la solución…..o no que diría el Sr Rajoy….ese hombre!!!

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  5. Enhorabuena Rafa, mi General. Es difícil explicar de forma tan clara, expresada en castellano tan entendible, la tremenda y muy preocupante situación en que nos encontramos. Arrastrada desde hace 40 años. Un abrazo

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  6. Muy real mi General. Es para estar apesadumbrado por la situación a la que no se le ve visos de arreglo político pues los partidos están a lo suyo, sobre todo las derechas, que en vez de unirse se pelean. Pero quiero ser optimista y pensar que SM moverá ficha

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  7. Muy real mi General. No veo solución política sobre todo viendo el papelón de las derechas que en vez de unirse se pelean. Pero quiero ser optimista y creer que SM moverá ficha

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  8. Excelente artículo Mi General. Estamos viendo que nuestra constitución, no nos sirve de nada, tenemos al enemigo dentro y lo peor que no tienen «valores», su misión, destruir nuestra queridísima nación, pero aunque así fuese, siempre nos quedará nuestro pensamiento, que ese si que no se nos puede quitar, aunar todas nuestras fuerzas para estar en estos momentos más unidos que nunca. Y despedirme Con un fuerte saludo y un VIVA LA LEGION Y VIVA ESPAÑA.

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  9. Sobre el papel tenemos el artículo 8 de la Constitución, pero solo nombrarlo le costó el puesto a un teniente general en tiempos de Zapatero. Tiempos en que también desapareció el lema de «a España servir hasta morir» de la AGBS porque le molestaba a un dirigente nacionalista catalán.

    La cruda realidad es que poco a poco (tacita a tacita) los nacionalistas catalanes y vascos se van saliendo con la suya. Las regiones leales a España (las que no tienen partidos separatistas) son castigadas o ninguneadas, mientras que las que tienen partidos separatistas fuertes reciben todo tipo de privilegios.

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  10. Mi general todo lo expuesto es una autentica realidad, y la derecha de entonces demasiado blandita y una inocente pues creyeron que el partido socialista seria fiel a la constitución pero no pensaron que la cabra tira Almonte junto con los independentistas

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  11. Leyendo su certero artículo mi general, y los comentarios que lo glosan, he sentido una enorme pena.
    Por nuestros mayores, muchos de los cuales dieron su sangre en el campo de batalla y posteriormente el sudor de su frente para levantar una España nueva.
    Pero más pena aún me dan nuestros hijos y nietos, a los que vamos a legar la herencia dilapidada.
    La Constitución de 1978 es el “huevo de la serpiente” pero por estulticia e inaudita cobardía se le ha permitido eclosionar.
    Mucho más importante que establecer en el artículo 2, la indisoluble unidad de la Nación Española, era la “declaración de principios” de que España era Una, Grande y Libre figurando en el escudo de la Bandera.
    En el artículo 4 de la CE se definió la bandera…. pero no el escudo.
    No fue un olvido, era una argucia más de unos trileros de la política para hacer, a posteriori, lo que no se atrevieron a plantear lealmente, por el convencimiento que el pueblo español hubiera votado NO a la Constitución.
    Y hoy ese escudo, a pesar de figurar en la primera página de la Constitución, es perseguido y ninguneado.
    Pero puesto que se modificó con un simple Real Decreto, puede ser cambiado igualmente por otro.
    Esa es la primera batalla que es preciso dar para recuperar la “posición, esencial” que es la defensa de la UNIDAD de España.
    El enemigo ya ha roto el BPZR y se apresta a la explotación del éxito.
    Todo pues hay que fiarlo a un enérgico contraataque.
    Y para ello es preciso fijar con precisión los reductos esenciales a recuperar.
    Pero teniendo en cuenta además que la “reserva” es La Corona. Y su caída supondría el hundimiento del frente, la consecuente desbandada, y el degüello que dejará en pañales el “Desastre de Annual” y la masacre de Paracuellos del Jarama.

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  12. Mi querido General.
    Me leo todos sus articulos.
    Para mi, es una de las brujulas nobles que quedan en españa a parte de Vox.
    Hecho el acertadisimo diagnostico, toca turno de pregunta.
    Y, ¿ahora qué?
    O, movemos ficha, o, nos la van a mover.
    Cuando uno se sabe acorralado y en un callejon sin salida, o te defiendes y ganas o, te rindes te matan.
    España esta sobradamente preparada para ganar. Pero, hay que actuar. ACTUAR!!
    Un abrazo. Se lo merece.
    Viva el ejercito!!

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  13. Respetados Generales, señoras, señores y amigos:
    – Si tenemos en cuenta que la clase dominante, desde hace décadas, secuestró la separación de poderes, por más que el estado lo disfrace
    – Si tenemos en cuenta que la clase dominante, maneja los medios de comunicación conforme las tecnicas gramscianas de penetración social, exceptuando algun@s periodistas VALIENTES que cada mañana, cada tarde, o noche se la juegan, por vergüenza y ética profesional, diciendo LA VERDAD
    – Si tenemos en cuenta que determinados Estatutos Autonómicos, haciendo un estudio comparado de ellos con nuestra Ley de Leyes, o sea con la Constitución del 78, los estatutos son inconstitucionales porque prevalece la parte sobre el todo que recoge la Constitución
    – Si tenemos en cuenta que el sistema electoral que tenemos en España es kafkiano porque lamina la voluntad popular permitiendo que las minorias impongan su voluntad, sobre la mayoría, y que las elecciones deberían ser a dos vueltas
    – Si tenemos en cuenta que un gobierno que nace «legitimamente» (que teniendo en cuenta los cuatro apartados anteriores ya nace con dolo, o viciado) pero que con el ejercicio de su acción de gobierno, solo pretende SUBVERTIR el ORDENAMIENTO JURIDICO Y DE TODA CLASE, tenemos, que en nuestra amada Patria la clase dominante ha caido en la ILEGITIMIDAD DE EJERCICIO
    – Por todo lo anterior, cuanto antes VOLVAMOS a la LEGALIDAD CONSTITUCIONAL reformando y blindando la Carta Magna de iluminados, terroristas, y salva patrias,
    – Tenemos que lo que no pase por un periodo constituyente en el que TODOS los españoles decidan (como hicimos en el 78) nos lleva a pasos agigantados, a un nuevo enfrentamiento entre hermanos
    – Hagamos una reforma seria, y QUE HABLEN LAS URNAS EN VEZ DE LAS ARMAS
    ¡¡ POR DIOS Y POR ESPAÑA A MIS REYES SERVIR HASTA MORIR, VIVA LA LEGIÓN!!

    Esperanza González de Fonseca Marco

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  14. Gracias amigo. Cada día intento orientar, decir por dónde veo y lo que veo en el horizonte. Pero ¡qué más quisiera saber…! Al menos pensemos y no nos conformemos. Que se nos note. Gracias por sus palabras

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  15. Suscribo, mi General.
    Sin embargo, V.E. me disculpará si vuelvo a insistir en la opinión que desde hace años vengo sustentando.
    El artículo 8.1 de la tan mal llamada como prostituida Constitución Española es un MANDATO DIRECTO, NO SUJETO A LA ACCIÓN POLÍTICA DEL GOBIERNO -contra el que bien pudiera ser que tuvieran que intervenir- NI PARA LA QUE SE DISPONE RESERVA DE LEY ORDINARIA U ORGÁNICA, como es el caso de otros supuestos previstos.
    Esto hay que ponerlo en relación directa con el artículo 62. h) de la CE, que ejercerá dicha competencia a través del Jefe del Estado Mayor de la Defensa.
    No se necesita del Gobierno.

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  16. Leído su artículo, suscribo el mismo de cruz a data.
    Sin embargo, me permitirá V.E. que le exponga algunas consideraciones sobre el alcance de dicho artículo.
    En primer lugar, su ubicación dentro del texto constitucional, en el Título Preliminar, que lo dota de una especial importancia, reforzada especialmente para caso de reforma constitucional, informando y perneando el resto de títulos.
    En segundo lugar, su propio contenido:

    “Artículo 8
    1. Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.”
    Este primer apartado no contiene la reserva de ley orgánica que para la organización militar establece el apartado siguiente:

    “2. Una ley orgánica regulará las bases de la organización militar conforme a los principios de la presente Constitución.”

    Es, por tanto un mandato constitucional directo, que como tal no depende de la acción del Gobierno o de las Cortes.

    Las Fuerzas Armadas, por tanto, no están sujetas a la decisión del Gobierno en cuanto ataña a la soberanía, la independencia o la integridad territorial de España, o a su ordenamiento constitucional.

    Una vez puesto de manifiesto alguno de los supuestos contemplados en el artículo 8.1, de quién depende su aplicación.

    La respuesta es clara y la da el propio texto constitucional: el artículo 62. h):

    “Artículo 62
    Corresponde al Rey:
    …/…
    h) El mando supremo de las Fuerzas Armadas.
    …/…”

    Si interpretamos adecuadamente este artículo, observamos que el adjetivo que califica el sustantivo mando es “supremo”; esto es, que si tenemos en cuenta los grados de calificación del adjetivo, este grado no admite otro mando superior ni distinto. Por tanto, en nada puede el Gobierno limitarlo o condicionarlo mediante el ejercicio de sus facultades ejecutivas.

    Queda la cuestión de su aplicación práctica.
    — ¿Quién es, pues, el llamado a llevarla a efecto con las fuerzas a sus órdenes?

    En mi humilde opinión, mi general, esta persona no puede ser otra que aquella que en ese momento ostente la Jefatura del Estado Mayor de la Defensa, a las órdenes de S.M. el Rey, que constitucionalmente es, de conformidad con el artículo 56 de la Constitución, el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia.

    “Artículo 56
    1. El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia,…”

    De esta forma, mi respetado General Dávila, las Fuerzas Armadas no están en sujetas en esos supuestos contemplados en el artículo 8.1 sino a su mando supremo: S.M. el Rey de España, que aplicará el mandato constitucional directo por el conducto reglamentario procedente a través de la Junta de Jefes de Estado Mayor de la Defensa.

    Es mi leal saber y entender.

    Como siempre, a la orden de V.E. mi General.

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  17. Pues su leal saber y entender difiere del mío. La L. O. De la Defensa Nacional 2005 le conviene leerse especialmente art. 6, pero no es necesario. Con que se lea el articulado del título IV de la Constitución es suficiente. Solo faltaría que esto fuese una democracia tutelada.

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  18. Mi General,
    Excelente tu artículo. Me uno a tu plegaria. Nunca pensé que me amargarían en la vejez algunos políticos, hijos o nietos de caídos por la Patria en la última contienda.
    En 1808 tuvimos que luchar contra los franceses, lo triste es que ahora lo tengamos que hacer por la unidad de España entre españoles.
    Siempre a tus órdenes. A Dios y a España servir hasta morir.
    Luis Montesino-Espartero
    Coronel Caballería (XI Pr)
    Marqués de Morella

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  19. Pues lamento sinceramente discrepar en la interpretación que con anterioridad le he expuesto, mi General.
    He leído la L.O. 5/2005, de 17 de noviembre de la Defensa Nacional y no puedo sino reafirmarme en mi interpretación que usted califica de grave error.

    Las leyes, como V.E. sabe comienzan el la Exposición de Motivos, donde se contienen las reglas para su aplicación e interpretación.

    En la que encabeza esta ley podemos leer:

    «Esta Ley se dicta de acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 y en ejercicio de la
    competencia prevista en el artículo 149.1.4.ª de la Constitución.»

    Como ya le expuse a V.E. el apartado 1. del artículo 8 está exceptuado de reserva de ley, ordinaria u orgánica, que sí se aplica en la modalidad de reserva de ley orgánica al apartado 2, en ejercicio de la cual se promulga esta ley.

    El apartado 1, exceptuado de lo que se pueda regular por ley orgánica sobre la organización militar, que es lo que hace esta ley, es, pues un MANDATO CONSTITUCIONAL DIRECTO A LAS FUERZAS ARMADAS, QUE SE EJERCERÁ A LAS ÓRDENES DE SU MANDO SUPREMO.
    Ese mando supremo no es otro que s.M. el Rey, como establece la propia Constitución y reitera el artículo 3 de esta L.O. 5/2005.
    «Artículo 3. La Corona.
    Corresponden al Rey el mando supremo de las Fuerzas Armadas y las demás funciones
    que en materia de defensa le confiere la Constitución y el resto del ordenamiento jurídico.»

    Y no, no es una democracia «tutelada», como V.E. expone, coincidiendo con las tesis del General Monzón Altolaguirre, que ya critiqué en su día. El argumento que empleaba el general Monzón era que dicho artículo era una lacra acarreada del franquismo, de la Ley Orgánica del Estado, que en su Título VI, proclamaba:
    «TÍTULO VI
    Las Fuerzas Armadas
    Artículo treinta y siete.
    Las Fuerzas Armadas de la Nación, constituídas por los Ejércitos de Tierra, Mar y Aire y las Fuerzas de Orden Público, garantizan la unidad e independencia de la Patria, la integridad de sus territorios, la seguridad nacional y la defensa del orden institucional.»

    Recientemente, en otro artículo publicado en este blog se lamentaba VE de que se hubiera excluído de las Fuerzas Armadas de la Nación a las Fuerzas de Orden Público, en aquella ley integradas por los Cuerpos de Policía Armada y de la Guardia Civil.

    De esta forma, entiendo que hay en su planteamiento, si me permite decirlo, con todo respeto, una cierta incongruencia, pues parece V.E. expresar cierta extrañeza por la desaparición de estas últimas, del concepto de Fuerzas Armadas.

    Alude por otra parte V.E. al contenido del artículo 6 de la citada L.O. 5/2005 de la Defensa Nacional, que establece las competencias del Presidente del Gobierno en esta forma.

    «Artículo 6. El Presidente del Gobierno.
    1. Corresponde al Presidente del Gobierno la dirección de la política de defensa y la
    determinación de sus objetivos, la gestión de las situaciones de crisis que afecten a la
    defensa y la dirección estratégica de las operaciones militares en caso de uso de la fuerza.
    2. El Presidente del Gobierno ejerce su autoridad para ordenar, coordinar y dirigir la
    actuación de las Fuerzas Armadas así como disponer su empleo.
    3. Asimismo, en el marco de la política de defensa, le corresponde de forma específica:
    a) Formular la Directiva de Defensa Nacional, en la que se establecerán las líneas
    generales de la política de defensa y las directrices para su desarrollo.
    b) Definir y aprobar los grandes objetivos y planteamientos estratégicos, así como
    formular las directivas para las negociaciones exteriores que afecten a la política de defensa.
    c) Determinar la aplicación de los objetivos y las líneas básicas de actuación de las
    Fuerzas Armadas, tanto en el ámbito nacional como en el de la participación en las
    organizaciones internacionales de las que España forma parte.
    d) Ordenar las misiones de las Fuerzas Armadas.
    e) Ejercer las demás funciones que le atribuyen las disposiciones legales y
    reglamentarias.»

    Es justo lo que debe regular esta ley en desarrollo de la reserva de ley orgánica de la Defensa Nacional, pero nada más. No afecta en mi humilde opinión al mandato constitucional directo del apartado 1 del artículo 8, exceptuado de reserva legal alguna.

    Y habremos de pensar que el legislador no lo olvidara porque sí, sino por alguna razón y la razón, como ya expuse no puede ser otra que la AUTOTUTELA O AUTODEFENSA DE LA NACIÓN ESPAÑOLA, ÚNICA RECONOCIDA EXPRESAMENTE EN LA CONSTITUCIÓN, SU INTEGRIDAD TERRITORIAL, SOBERANÍA E INDEPENDENCIA Y DEL PROPIO ORDEN CONSTITUCIONAL, encomendándosela directamente a las Fuerzas Armadas, que la ejercerán a las órdenes del Jefe del Estado, único al que la Constitución le reconoce la competencia para declarar la guerra y acordar la paz, conforme al artículo 63. 3.
    «Al Rey corresponde, previa autorización de las Cortes Generales, declarar la guerra y hacer la paz.»
    Como puede ver, entre las competencias del Presidente del Gobierno no se encuetra la de declarar la guerra ni acordar la paz, que es exclusiva del Rey, previa autorización de las Cortes Generles, por supuesto, como representantes de la auténtica soberanía nacional, de la que S.M. el Rey no es sino la encarnación, al tiempo que símbolo de la unidad y permanencia del Estado, en cuya autodefensa se ha incluido ese artículo 8.1 entre loas disposiciones del Titulo Preliminar de esta tan prostituída como mal llamada e interpretada Constitución.

    –¿Por qué esta previsión, entonces?

    Ya lo exponía en mi anterior comentario: pudiera ser que fuese el Propio Gobierno, dirigido por su presidente quien atentase contra la soberanía e independencia de España, su integridad territorial, o el ordenamiento constitucional.

    No se trata, pues, en mi modesta opinión, de una democracia «tutelada», sino de una democracia «autotutelada» o autodefendida; incluso contra quienes por ley estarían obligados a su defensa.
    Con esto, mi general, doy por concluida mi intervención en este punto.

    ¡VIVAN NUESTRAS FUERZAS ARMADAS Y FUERZAS DE SEGURIDAD DEL ESTADO!
    ¡VIVA EL REY!
    ¡VIVA ESPAÑA!

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  20. Que no se empeñe. Los Ejércitos no están para decidir sobre la acción política. Su grave error es delicado y no hace ningún bien. Se arma usted un buen lío legal. Es más,ese error es que el que hace peligrar el mismísimo artículo 8 que si tengo tiempo desarrollaré cual es la razón, y buena razón, para que esté donde esta y ahí siga. Tal y como está. El pueblo español es soberano y está representado en el Parlamento y no escondido en las faldas de sus Ejércitos. La voluntad está en sus votos y él es el que manda. Por cierto no coincido con nadie, sino con las Cátedras de Derecho Constitucional de donde bebo; del que usted alude tampoco. El que cree que esa es una democracia tutelada, a es usted con su equivocada interpretación que roza extremos peligrosos que alguno puede interpretar mal. Y por favor dé su nombre y apellidos para saber con quien hablo. Gracias.

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