REFLEXIONES SOBRE LA DIRECTIVA DE DEFENSA NACIONAL 2020. Julio Serrano Carranza: Coronel de Aviación (R.) Real Ejército del Aire

El pasado día 11 de junio el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, firmó en el Palacio de la Moncloa y en presencia de la Ministra de Defensa, Margarita Robles, el JEMAD y los jefes de estado mayor de los ejércitos y armada, la nueva Directiva de Defensa Nacional 2020 (DDN-20).

Este documento constituye la base para el planeamiento de la defensa de España y está en consonancia con la L.O. de la Defensa Nacional 5/2005. Esta LO determina que corresponde al presidente del Gobierno asumir la dirección de la política de Defensa, sus objetivos y líneas maestras, y la elaboración de dicha directiva. Por otro lado, corresponde a la ministra de defensa el desarrollo y ejecución de la política de Defensa, asistir al presidente del Gobierno y dirigir la actuación de las FF.AA. tanto dentro como fuera de nuestras fronteras.

La DDN-20 persigue la misma finalidad que las directivas precedentes; establecer el escenario estratégico actual, con sus amenazas y retos para afrontarlos a través de unas líneas generales de actuación y unas directrices a ejecutar por el Ministerio de Defensa para la presente legislatura.

Hay que hacer notar que esta nueva Directiva de Defensa Nacional, es la primera que ve la luz tomando como referencia a la Estrategia de Seguridad Nacional que fue aprobada en el año 2017.

 ESTRUCTURA Y CONTENIDO

La DDN-20 sigue una línea continuista, en su formato, en relación con las directivas precedentes de los años 2004, 2008 y 2012.

Así, después de una breve introducción, en donde hace alusión a la pandemia generada por el COVID-19 y al inicio del ciclo de planeamiento con ocasión de la publicación de la nueva directiva; pasa a describir el escenario estratégico con especial interés al entorno europeo cercano, Mediterráneo, Sahel Occidental y el Océano Atlántico. En dicho apartado, haciendo un estudio prospectivo, presenta un panorama sombrío debido al retroceso del multilateralismo, la globalización y a un cambio en la dinámica de negociación y acuerdo, por otra de competición y confrontación que nos acerca a conflictos armados de envergadura.

Seguidamente, pasa a señalar las catorce líneas generales y objetivos de la política de defensa, en donde se hace un pormenorizado recorrido señalando el primer objetivo de la Defensa, la contribución a la paz internacional, el apoyo a las autoridades civiles, la potenciación del Centro Nacional de Inteligencia, así como la intervención de la Unidad Militar de Emergencia para hacer frente al cambio climático, entre otras.

Por último, pasa a describir las dieciséis directrices de actuación en donde se fomentará la Seguridad Humana, la preparación del personal de las FF.AA., la mejora de la calidad de vida y la integración de la mujer en la carrera militar, entre otras.

REFLEXIONES

Lejos de hace una detallada exposición sobre la nueva directiva de defensa nacional en vigor,que requeriría un estudio y análisis riguroso por parte de un especialista en temas relacionados con la estrategia y la política de defensa; mi propósito no es otro que el de comentar algunos de los puntos que me han parecido de especial relevancia, bien por su novedad o bien por las consecuencias que se pueden derivar de su aplicación.

INTRODUCCIÓN

Coincidiendo con el comienzo de la nueva legislatura, el Gobierno considera el momento adecuado para revisar y modernizar las directrices de la política de Defensa, acometiendo una actualización profunda de la Directiva de Defensa Nacional e iniciando así un nuevo ciclo de planeamiento, enraizado en la Ley de Seguridad Nacional de 2015 y la Estrategia de Seguridad Nacional de 2017.

A este respecto, y aunque la Orden Ministerial 60/2015 que regula el proceso de planeamiento de la Defensa, asume que una nueva DDN pueda motivar el arranque de un nuevo ciclo, también habría que haber mantenido la debida coherencia con los ciclos en curso de los países aliados y europeos, desligándolos de los vaivenes políticos.

Se podría afirmar que el ciclo de planeamiento en vigor hasta ahora 2016-2022 se ha cerrado en falso, con todas las consecuencias que ello conlleva para la estabilidad y continuidad de los planes en curso en los ejércitos y armada, tanto en el ámbito nacional como en el internacional.

El nuevo ciclo de planeamiento 2020-2026, además de contemplar los futuros retos en las FF.AA., tendrá que asumir los compromisos y objetivos del ciclo anterior inconcluso. Todo ello sin una estimación de gasto, fijo y tangible, destinado a la Defensa.

ESCENARIO ESTRÁTEGICO

  • Erosión en la arquitectura internacional de seguridad

La nueva DDN-20 nos alerta sobre posibles enfrentamientos armados de envergadura en base a fenómenos socioeconómicos. Para ello, hace uso de un razonamiento lógico empleando una cadena de silogismos:

CRISIS ECONÓMICA 2008 – GLOBALIZACIÓN – SOCIEDAD FRUSTRADA – MANIFESTACIONES VIOLENTAS – ANTI-SISTEMA – PROTECCIONISMO ECONÓMICO – REPLIEGUE DE PAÍSES – RETROCESO MULTILATERALISMO – CAMBIO DINÁMICA NEGOCIACIÓN – CONFROTACIÓN – POSIBILIDAD CONFLICTOS ARMADOS

No hay que ser un estratega muy avezado para asociar esta cadena de silogismos con la política que últimamente viene ejerciendo la administración del gobierno del presidente Trump. No deja de ser paradójico que, en la DDN-2012, por el contrario, se reconocía el liderazgo mundial de los EE.UU.

LÍNEAS GENERALES Y OBJETIVOS DE LA POLÍTICA DE DEFENSA

  1. El primer objetivo de la Defensa

Dentro de la escasa concreción y coherencia de algunos conceptos estratégicos que se señalan en la DDN-20 relacionados con la política de defensa española, no hay que negar su creatividad y populismo a la hora de expresar conceptos o definiciones, en lugar de aprovechar lo bien redactado y expresado con anterioridad.

Es el caso de la redacción de este punto, al parecer, basado en el Articulo 8.1. de nuestra Carta Magna. En el mismo,se habla de la “sociedad española” y “ciudadanía”, de la “Constitución” y el “ordenamiento constitucional” con un lenguaje retórico y redundante, pero sin hacer alusión a las Fuerzas Armadas, a sus ejércitos y armada, que si son mencionados en el artículo de referencia.

  1. Consecuencias cambio climático

Los integrantes de las FF.AA. siempre nos hemos sentido orgullosos de ser disciplinados, planificar bien nuestras misiones y tener un espíritu de sacrificio a prueba de bombas. Estas fortalezas, tan deseables para cualquier organización eficaz que se precie, han sido tomadas en consideración en la nueva directiva para integrar las capacidades y esfuerzos, militares, como los de la Unidad Militar de Emergencias (UME), y civiles, en sintonía con los objetivos de la Agenda 2030 de las Naciones Unidas, que en España gestiona el Vicepresidente Segundo del Gobierno, Pablo Iglesias, siendo el Director de su Gabinete, el ex Jefe de Estado Mayor de la Defensa (ex JEMAD), José Julio Rodriguez.

A este respecto, sería muy conveniente delimitar las competencias y misiones de los civiles (seguridad) por un lado, y los militares (defensa) por otro, en este tipo de escenarios medio ambientales. Para los integrantes de las FF.AA. es habitual trabajar con otras instituciones y organizaciones conjuntamente, como ha sucedido en la Operación Balmis contra el COVID-19, pero sin perder la propia esencia de militares pertenecientes al Ministerio de Defensa.

No hay que olvidar que, como sucede todos los años en las campañas contra incendios forestales, corresponde a la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, dependiente del Ministerio del Interior, la coordinación y ejecución de dichos planes a través del Centro Nacional de Emergencias (CENEM). Así la participación del personal y medios disponibles de Protección Civil y Emergencias en este tipo de misiones de emergencias, siempre cuentan con el respaldo y apoyo especifico de la UME.

  1. La mujer en las operaciones de paz

Por Real Decreto de febrero de 1988, se reguló la incorporación de la mujer en primer lugar en los Cuerpos de Ingenieros de los Ejércitos y de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas españolas. Con la aprobación de la Ley de la Carrera Militar de 1999 desaparecieron todas las restricciones y las mujeres pudieron tener acceso a todos los cuerpos y escalas.

Hoy en día, la mujer forma parte de las filas de los Ejércitos y Armada como paracaidistas, Damas Legionarias, pilotos de caza, diplomadas de Estado Mayor, jefes de unidad y jefes de destacamento en misiones de paz en el exterior; superando el 13% de nuestros efectivos.

De ahí que no se entienda muy bien ese “punto de vista innovador” que puede aportar la mujer en las misiones de paz. La mujer ha dejado de ser noticia en nuestras Fuerzas Armadas hace ya 32 años. Son unas compañeras más en todas las Unidades, Centros y Organismos (UCO) del Ministerio de Defensa, hecho que nos llena de orgullo y satisfacción.

  1. Nivel tecnológico avanzado en las FF.AA.

La DDN-20 apuesta por fomentar y proteger una industria de Defensa innovadora, capaz de integrarse en proyectos y grupos empresariales multinacionales, especialmente en el ámbito europeo.

A este respecto hace una valoración muy explícita a un hecho evidente: “La excelencia tecnológica requiere de una adecuada inversión económica”. Esta frase, aunque llena de significado, no deja de estar vacía en su contenido.

Las fortalezas de nuestra industria de defensa, en donde día a día se potencian las tres actividades clave aludidas en la DDN-20: Investigación, Desarrollo, Innovación, Talento y Formación, en una nueva y ampliada ecuación (I+D+i+T+F), son manifiestamente concretas y tangibles.

Así, según los datos disponibles del ejercicio 2018 de la Asociación Española de Empresas Tecnológicas de Defensa, Seguridad, Aeronáutica y Espacio (TEDAE), las más de 80 industrias tecnológicas españolas con presencia en estos tres ámbitos de actividad, constituye un tejido empresarial que factura casi 12.000 millones de euros, exporta el 66 % de sus productos y servicios, contribuye con un 1 % al PIB de nuestro país, genera más de 60.000 empleos de alta cualificación técnica y dedica un 9 % de su facturación a I+D+i.

Sin embargo, ante estas fortalezas de las empresas españolas, nos encontramos ante una financiación incierta en los programas en curso para la modernización de nuestra FF.AA. debido a los recursos empleados para hacer frente a la pandemia del COVID-19. Por otro lado, vamos soportando una insuficiente inversión en los presupuestos generales del Estado asignados a la Defensa con un 0,92 % del PIB, uno de los más bajos de los países que forman parte de la Alianza Atlántica, superando tan sólo a Luxemburgo con un 0,56% de su PIB.

Esta última circunstancia se agrava aún más, cuando vemos que, en la Cumbre de la OTAN en Londres del pasado mes de diciembre de 2019, de los 29 países que la integran, 9 se presentaron ya con los deberes hechos. Es decir, con un gasto en Defensa superior al 2% del PIB, un objetivo que la OTAN fijó en la Cumbre de Cardiff en el 2014 y que también recuerda la administración norteamericana en todas las asambleas.

  1. Impulsar una mejor calidad de vida

Esta es una de las líneas generales de actuación más significativas, en la recién estrenada DDN-20, por la preocupación y empatía del Gobierno para mejorar las condiciones de vida y la formación del personal de las FF.AA., así como el apoyo a sus familias.

Es un hecho más que probado que, en determinadas ocasiones, el dilema de cuanto para cañones y cuanto para mantequilla también se plantea en el ámbito interno en las FF.AA. Los cada vez más limitados recursos financieros de la Defensa hacen que se inviertan, casi en su totalidad,para alcanzar la excelencia en las misiones asignadas, más que en lograr el deseado bienestar y unas condiciones de vida dignas para quien las va a llevar a cabo y para sus familias.

Todos los que hemos tenido el honor de mandar una unidad, sabemos la necesidad imperiosa de invertir en prestaciones sociales y de bienestar para nuestro personal y sus familias (guarderías, centros de ocio, alojamientos, residencias para el personal de servicio, comedores, instalaciones deportivas y recreativas, etc.) que, seguro que redundaría de manera muy positiva en la eficacia y operatividad de las unidades.

DIRECTRICES DE ACTUACIÓN

  1. La Seguridad Humana

Este concepto, novedoso en la DDN-20, fue acuñado en el año 1994 en el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) tomando como referencia el informe titulado las “Nuevas dimensiones de la seguridad humana”.

En dicho informe se destacan las cuatro líneas básicas del concepto de Seguridad Humana: universalidad, interdependencia de sus componentes, centrada en las personas y la prevención temprana. Así como sus siete ámbitos relacionados: Seguridad económica, alimentaria, sanitaria, medio ambiental, personal, comunitaria y política.

Este concepto conforme con la Carta y Resoluciones de las Naciones Unidas, junto con los 13 países que conforman la Red de Seguridad Humana, persigue modificar la concepción tradicional de Seguridad del Estado, que en países totalitarios y del tercer mundo constituye el caldo de cultivo propicio para perpetrar toda clase de violaciones de los derechos humanos en contra de sus propios ciudadanos; por la supremacía de la Seguridad Humana, que protege a las personas antes que al propio Estado.

Hay que señalar que, desde su creación, este concepto ha sido muy debatido y polémico. En primer lugar, por su falta de concreción y definición, a la hora de delimitar conceptos como la Seguridad y la Defensa. En segundo lugar, por la persistente predisposición de algunos países y numerosas ONGs, en alinear la

Defensa con la Seguridad del Estado, esta con la Defensa Militar y,en su recta final, con el Militarismo, que detrae recursos económicos y humanos en detrimento de otros bienes más necesarios para la seguridad integral de las personas, como la sanidad, la educación, etc.

Este concepto de Seguridad Humana en la Directiva de Defensa Nacional, que podría haber pasado desapercibido y como un brindis al sol de buenas intenciones populistas, puede tener su repercusión en la Política de Defensa española cuando, como ya hemos señalado, corresponde a la vicepresidencia segunda de Pablo Iglesias afinar la sintonía de España con los objetivos y principios de la Agenda 2030 de las Naciones Unidas.

CONCLUSIÓN

Como resumen de los puntos anteriormente expuestos, me gustaría hacer hincapié a tres aspectos que, a mi modo de ver, no se definen con la suficiente y necesaria concreción:

  • La nueva Directiva de Defensa Nacional 2020 se va a caracterizar por los efectos económicos y financieros generados por la pandemia del COVID-19. En particular, por la falta de compromiso del Gobierno en fijar los recursos económicos necesarios y suficientes para desarrollar las líneas generales y directrices que contemplan dicha directiva.
  • Para un mayor aprovechamiento de los recursos humanos y materiales del Estado ante situaciones de emergencia, sería conveniente delimitar y definir las funciones y misiones de los organismos civiles (seguridad)y los propios de la institución militar (defensa). Seguridad y Defensa, tienen funciones afines y pueden trabajar conjuntamente, pero tienen objetivos diferentes.
  • El advenimiento e inclusión del concepto de Seguridad Humana en la DDN-20 puede generar controversia tanto en la generación de recursos económicos para mejorar las FF.AA. como en la ambigüedad de la Diplomacia de la Defensa en la política exterior española.

Para finalizar, y dado el debate que suscitan los conceptos de Seguridad y Defensa y entre la Seguridad del Estado y Seguridad Humana, hoy en día en total sintonía al vivir en un estado democrático y de derecho como es el Reino de España, quiero expresar mi total identificación, por la memoria de los que nos dejaron y por los que estaríamos dispuestos a ello, con el antiguo adagio latino del poeta Horacio que decía: “Dulce et decorum est pro patria mori, sed dulcius pro patria vivere”.

Julio Serrano Carranza

Coronel de Aviación (R)

Real Ejército del Aire

Blog: generaldavila.com

4 pensamientos en “REFLEXIONES SOBRE LA DIRECTIVA DE DEFENSA NACIONAL 2020. Julio Serrano Carranza: Coronel de Aviación (R.) Real Ejército del Aire

  1. A las órdenes de V. I., mi Coronel.

    Como un servidor ostentó un muy modesto empleo en su situación en activo durante quince años en el Ejército del Aire, no puede, obviamente, hacer un comentario de carácter técnico sobre esa Directiva.

    Pero lo que sí le preocupa,y mucho, quizás por el instinto natural de conservación y defensa, es el conflicto entre la redacción de esta nueva Directiva, y el Artículo 8.1 de la Constitución, todavía oficialmente en vigor pues nadie ha sometido a referendum nacional, como la misma establece, ningún cambio, supresión o modificación en el más mínimo detalle, ni en el fondo, ni en la redacción. Y aquí da la impresión de que muy sutilmente se han colocado un par de bombas de relojería para privar a las Fuerzas Armadas y desautorizarlas, de su principal misión constitucional en cuanto a la defensa y garantía de la Unidad territorial, la Independencia y Soberanía de la nación, y el Orden Constitucional dentro de ella. Muchos hemos jurado, hasta por dos veces, dar la vida si preciso fuera, en este empeño.

    Esta cuestión fundamental fue objeto, no hace muchos días, de un excelente artículo publicado en este blog por su Director, el Excmo. Señor General de División Don Rafael Dávila, en el que analizaba detalladamente el lenguaje, entre «inocente» y críptico, o quizás demasiado claro, utilizado por el redactor para aparentemente redefinir, sin querer pero queriendo, la misión de las Fuerzas Armadas y su razón de ser.

    En fin, Doctores tiene la Iglesia.

    ¡¡¡Viva España!!!

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  2. Me sorprende que incluso desde el punto de vista de una absoluta ignorante sobre cuestiones de defensa, Coronel D. Julio Serrano Carranza, salte a la vista ciertas diferencias obvias entre el artículo que cita de La Constitución y la nueva Directiva de Defensa Nacional 2020.

    He intentado leer con atención el punto 81 de la Constitución y esa nueva Directiva de Defensa Nacional 2020.

    También el artículo que sobre ésta cuestión escribió nuestro director, el Excmo.Señor General de División D. Rafael Dávila, e inevitablemente llego a las mismas conclusiones que ambos expresan, desde la visión simple de una ciudadana normal, sin relación ninguna con las FFAA pero amante de su País y por tanto y en consecuencia, alarmada por los cambios que se intentan introducir sin mediar un referendum nacional que los autorice y legitime.

    Pienso que las rectificaciones a nuestra Carta Magna tienen que pasar por ese requisito indispensable, máxime en un punto tan fundamental como es ése artículo 8.1 que nos garantice una unidad nacional y su defensa por nuestras FFAA en caso de peligro.

    Lamentablemente entendemos que desde la política ejercida por el actual vicepresidente del gobierno se está pretendiendo eliminar ése aspecto de defensa de nuestra unidad para favorecer las pretensiones de sobras conocidas de ciertos territorios de España hacia una independencia de facto que nos llevaría a un desmembramiento de nuestra Nación como la hemos concebido y querido por referendum nacional con absoluta mayoría en el año 1978, y que entendemos no puede ser rebatida por una simple directiva aunque esté firmada por los representantes actuales de nuestras FFAA.

    Y para que conste y si puede servir, firmo ésta reivindicación con los datos que posee y que voluntariamente he facilitado al Director de éste blog. Excmo. Señor General de División D. Rafael Dávila.

    Atentamente

    Margarita Alvarez-Ossorio

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  3. Me impresiona su valor, para llevar su reivindicación, hasta lo más alto de la Justicia.
    Me gusta que de momento y para empezar, lo envié a nuestro General Director de este Blog.

    Espero mi General , que me comprenda y supere este asunto.🇪🇸🇪🇸🇪🇸

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  4. Ruego a uno de los doctores,que insinúa, de un paso al frente y aclare la confusión existente.
    Necesitamos un veterano jurídico, para que aclare este tema. 🇪🇸

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