ESTADOS DE ALARMA, EXCEPCIÓN Y SITIO Rafael Dávila Álvarez. General de División (R.)

<<Real Decreto 1673/2010, de 4 de diciembre, por el que se declara el estado de alarma para la normalización del servicio público esencial del transporte aéreo>>.

Que no nos falle la memoria. Los estados de alarma, excepción y sitio están contemplados en la Constitución española y, aunque parezca mentira, se aplicó el de alarma en el año 2010 con el Gobierno socialista de Zapatero, el maestro de Pedro Sánchez. Fue la primera, y única, vez que en democracia se decretaba una militarización y se entraba en situación de alarma. El motivo fue la huelga de controladores aéreos que llevó al cierre del espacio aéreo de Galicia y desembocó en el cierre del espacio aéreo de todo el territorio nacional los día 3 y 4 de diciembre.

Está contemplado en el artículo 116 de la Constitución que se regula por la Ley Orgánica 4/1981 de 1 de junio de los estados de alarma, excepción y sitio.

La actual situación en Cataluña se está enrareciendo de tal manera que la frase del presidente del actual Gobierno de España después del enfrentamiento de Torra con el embajador de España en Estados Unidos: <<No vamos a buscar para nada la confrontación con el Gobierno de Cataluña>>, puede que se la tenga que tragar en breve.

La confrontación existe, el ataque es a por todas, y no hay tiempo para ninguna negociación ni diálogo que no sea la rendición total y sin condiciones de los rebeldes. Porque la situación es de rebelión, un delito contra los poderes del Estado, con el fin de derrocarlos.

El actual presidente del Gobierno se empeña en dialogar lo no dialogable, en negociar lo innegociable y, en definitiva, entregarse a los que le han cedido la presidencia del Gobierno a cambio de que no haya Gobierno ni Estado. Lo estamos viendo. Ni Gobierno, ni Estado.

Se trata de Cataluña y el País Vasco, la independencia y los terroristas vencedores. ¿Tienen para más tarde en su punto de mira a la monarquía; unos y otros, los que han entregado el gobierno y los que lo han recibido?

Está cada día más clara la necesidad ineludible de volver a aplicar el artículo 155 de la Constitución y recuperar la perdida soberanía nacional; con resolución y firmeza, devolver los derechos a los españoles que viven en Cataluña, y hacer cumplir la Ley.

La situación es de tal gravedad que quizá haya que llegar más lejos, aunque el 155 bien aplicado da para mucho.

Empezaba este artículo con el Real Decreto que en 2010 declaraba el estado de alarma. ¿No es infinitamente más grave la situación actual de rebeldía en Cataluña? ¿No es hora de acabar con las ambigüedades y la destrucción de España?

¿Existe en Cataluña el libre ejercicio de los derechos y libertades de los ciudadanos y el normal funcionamiento de las instituciones democráticas? Si ustedes opinan que no, lean lo que dice la Ley Orgánica 4/1981 de 1 de junio de los estados de alarma, excepción y sitio:

<<El estado de excepción

Artículo 13

  1. Cuando el libre ejercicio de los derechos y libertades de los ciudadanos, el normal funcionamiento de las instituciones democráticas, el de los servicios públicos esenciales para la comunidad, o cualquier otro aspecto del orden público, resulten tan gravemente alterados que el ejercicio de las potestades ordinarias fuera insuficiente para restablecerlo y mantenerlo, el Gobierno, de acuerdo con el apartado 3 del  116 de la Constitución, podrá solicitar del Congreso de los Diputados autorización para declarar el estado de excepción>>.

En Cataluña en estos momentos no funciona nada. El Rey reprobado, el Estado desaparecido, las libertades coaccionadas, la violencia organizada y preparados los piquetes, el odio a flor de piel.

El Gobierno de Zapatero, tan dialogante, tan plural, que discutía hasta el concepto de nación, mira por donde tuvo que militarizar a los controladores y aplicar el estado de alarma. ¡¿Quién lo diría!?

Tengo para mí, que este presidente del Gobierno del Reino de España, y lo digo quizá con una vana esperanza, no vaya a ser que esté en el lío, se vea obligado a declarar no el estado de alarma sino el de excepción, y esperemos que no sea demasiado tarde y nos veamos sitiados.

Claro que:

<<Dudoso es el curso de la culebra torciéndose a una parte y otra con tal incertidumbre, que aun su mismo cuerpo no sabe por dónde le ha de llevar la cabeza; señala el movimiento a una parte, y le hace a la contraria, sin que dejen huellas sus pasos ni se conozca la intención de su viaje>> (Saavedra Fajardo).

¿Sabe alguien cual es el curso de la culebra?

Rafael Dávila Álvarez. General de División (R.)

Blog: generaldavila.com

2 juluio2018