ESTADOS DE ALARMA, EXCEPCIÓN Y SITIO Rafael Dávila Álvarez. General de División (R.)

<<Real Decreto 1673/2010, de 4 de diciembre, por el que se declara el estado de alarma para la normalización del servicio público esencial del transporte aéreo>>.

Que no nos falle la memoria. Los estados de alarma, excepción y sitio están contemplados en la Constitución española y, aunque parezca mentira, se aplicó el de alarma en el año 2010 con el Gobierno socialista de Zapatero, el maestro de Pedro Sánchez. Fue la primera, y única, vez que en democracia se decretaba una militarización y se entraba en situación de alarma. El motivo fue la huelga de controladores aéreos que llevó al cierre del espacio aéreo de Galicia y desembocó en el cierre del espacio aéreo de todo el territorio nacional los día 3 y 4 de diciembre.

Está contemplado en el artículo 116 de la Constitución que se regula por la Ley Orgánica 4/1981 de 1 de junio de los estados de alarma, excepción y sitio.

La actual situación en Cataluña se está enrareciendo de tal manera que la frase del presidente del actual Gobierno de España después del enfrentamiento de Torra con el embajador de España en Estados Unidos: <<No vamos a buscar para nada la confrontación con el Gobierno de Cataluña>>, puede que se la tenga que tragar en breve.

La confrontación existe, el ataque es a por todas, y no hay tiempo para ninguna negociación ni diálogo que no sea la rendición total y sin condiciones de los rebeldes. Porque la situación es de rebelión, un delito contra los poderes del Estado, con el fin de derrocarlos.

El actual presidente del Gobierno se empeña en dialogar lo no dialogable, en negociar lo innegociable y, en definitiva, entregarse a los que le han cedido la presidencia del Gobierno a cambio de que no haya Gobierno ni Estado. Lo estamos viendo. Ni Gobierno, ni Estado.

Se trata de Cataluña y el País Vasco, la independencia y los terroristas vencedores. ¿Tienen para más tarde en su punto de mira a la monarquía; unos y otros, los que han entregado el gobierno y los que lo han recibido?

Está cada día más clara la necesidad ineludible de volver a aplicar el artículo 155 de la Constitución y recuperar la perdida soberanía nacional; con resolución y firmeza, devolver los derechos a los españoles que viven en Cataluña, y hacer cumplir la Ley.

La situación es de tal gravedad que quizá haya que llegar más lejos, aunque el 155 bien aplicado da para mucho.

Empezaba este artículo con el Real Decreto que en 2010 declaraba el estado de alarma. ¿No es infinitamente más grave la situación actual de rebeldía en Cataluña? ¿No es hora de acabar con las ambigüedades y la destrucción de España?

¿Existe en Cataluña el libre ejercicio de los derechos y libertades de los ciudadanos y el normal funcionamiento de las instituciones democráticas? Si ustedes opinan que no, lean lo que dice la Ley Orgánica 4/1981 de 1 de junio de los estados de alarma, excepción y sitio:

<<El estado de excepción

Artículo 13

  1. Cuando el libre ejercicio de los derechos y libertades de los ciudadanos, el normal funcionamiento de las instituciones democráticas, el de los servicios públicos esenciales para la comunidad, o cualquier otro aspecto del orden público, resulten tan gravemente alterados que el ejercicio de las potestades ordinarias fuera insuficiente para restablecerlo y mantenerlo, el Gobierno, de acuerdo con el apartado 3 del  116 de la Constitución, podrá solicitar del Congreso de los Diputados autorización para declarar el estado de excepción>>.

En Cataluña en estos momentos no funciona nada. El Rey reprobado, el Estado desaparecido, las libertades coaccionadas, la violencia organizada y preparados los piquetes, el odio a flor de piel.

El Gobierno de Zapatero, tan dialogante, tan plural, que discutía hasta el concepto de nación, mira por donde tuvo que militarizar a los controladores y aplicar el estado de alarma. ¡¿Quién lo diría!?

Tengo para mí, que este presidente del Gobierno del Reino de España, y lo digo quizá con una vana esperanza, no vaya a ser que esté en el lío, se vea obligado a declarar no el estado de alarma sino el de excepción, y esperemos que no sea demasiado tarde y nos veamos sitiados.

Claro que:

<<Dudoso es el curso de la culebra torciéndose a una parte y otra con tal incertidumbre, que aun su mismo cuerpo no sabe por dónde le ha de llevar la cabeza; señala el movimiento a una parte, y le hace a la contraria, sin que dejen huellas sus pasos ni se conozca la intención de su viaje>> (Saavedra Fajardo).

¿Sabe alguien cual es el curso de la culebra?

Rafael Dávila Álvarez. General de División (R.)

Blog: generaldavila.com

2 juluio2018

 

 

 

ANTE EL GOLPE DE ESTADO Y EL ARTICULO 155 Juan Chicharro Ortega General de División de IM. (R.)

Piensa luego existe

Ante la clara situación de rebeldía de la Generalitat de Cataluña ya no queda otra opción – agotados los innumerables intentos por evitarlo – que la aplicación del artículo 155 de la Constitución con la finalidad de obligar a las sediciosas Instituciones de la Comunidad Autónoma de Cataluña a volver a la legalidad constitucional y desde luego para proteger el interés general de la nación. Sin duda un camino incierto, lleno de dificultades, que van a exigir grandes dosis de inteligencia en su aplicación pero en el que será necesario  mano firme y decisión.

Ante todo es imprescindible que el Gobierno de la nación sea consciente que nos encontramos ante un clarísimo proceso revolucionario/subversivo, que es necesario detectar  el origen del problema que ha dado lugar a la situación creada y que son necesarias medidas para incidir sobre las aspiraciones de ese 40% de la población catalana que apoya la secesión, bien sean estas de carácter ideológico, económico o social, incluso aunque fueran imaginarias.

Dos eran dos…

Es decir, hay que investigar las causas del descontento de la población sediciosa, hay que afianzar el apoyo de esta mediante disposiciones de carácter político-social, hay que contrarrestar el efecto de la propaganda secesionista y desde luego desarticular sus redes de apoyo. Es imprescindible recuperar la iniciativa y no estar siempre a remolque de las acciones de los alocados líderes de la secesión.

Pero ¡atención! en la guerra subversiva – y esta lo es – es necesario tener siempre en cuenta que se lucha por la población y no contra la misma y la realidad es que pese a lo aparatoso de lo que vemos, y de la buenísima gestión mediática por parte de la sediciosa Generalitat, son muchos más los catalanes encuadrados en lo que se denomina la mayoría silenciosa o más bien silenciada. Acudiendo a estudios estadísticos de la universidad de Barcelona – publicados en este BLOG. Reflexiones sobre Cataluña  –  y merced a técnicas precisas de estudios de masas y manifestaciones se puede comprobar fehacientemente que las masas que inundan las calles de Barcelona, tanto en Diadas como en cualesquiera otras habidas, se mueven entre una horquilla entre las 300000 y la 800000 personas, incluyendo niños y toda la parafernalia adjunta. De ninguna manera, ni de lejos, constituyen la mayoría social en Cataluña; por eso es tan importante, teniendo en cuenta que se lucha por la población, que es a la mayoría silenciosa a la que hay que amparar y aplicar sin complejos, incluso la fuerza coercitiva, contra la masa alborotadora que han ocupado las calles.

Una imagen virtual

Cierto es que la aplicación inteligente del artículo 155 va a requerir gradualidad, proporcionalidad y menor restricción de los derechos autonómicos evitando fórmulas graves de intervención cuando quepa obtener los mismos resultados con otras medidas de menor intensidad, más mucho me temo que la insurrección se encuentra en una fase tal que se  van a hacer  necesarias medidas más contundentes, siempre y cuando se quiera evitar la permanencia en el tiempo de la  insurrección. Y es que nos vamos a encontrar con una situación en la que la comunidad autónoma va a persistir en la vulneración de la legalidad e, incluso, haciendo caso omiso de las disposiciones y resoluciones del Tribunal Constitucional lo que va a dar lugar  a la declaración de alguna de las situaciones o estados excepcionales en las que habrá que desplegar los medio más enérgicos en defensa del orden constitucional y del Estado de Derecho, incluso con protagonismo, en su caso, de las Fuerzas Armadas. Me estoy refiriendo a la Ley Orgánica 4/1981 que regula los estados de alarma, excepción y sitio.

Y en todo este proceso urge asumir el control de los Mossos de Esquadra, desde ya, seguramente con la aplicación de la Ley de Seguridad Nacional e incluso si necesario fuera acudiendo a la Ley de Movilización Nacional para ponerlos bajo la disciplina y control militar.

Soy de la opinión que de haberse dado este paso hace ya tiempo muchos de los sucesos acaecidos el pasado día 1 de octubre no hubieran tenido lugar.

En definitiva, nada fácil el camino ante el que nos encontramos por delante pero si se actúa con inteligencia y sobre todo con firmeza sin titubeos se logrará doblegar a la insurrección.

La Segunda República lo tuvo muy claro: declaró el Estado de Guerra y le ordenó al General Batet sofocar la rebelión, algo para lo que le bastaron horas. Ahora nos encontramos en una guerra de leguleyos y de cartas de vuelta encontradas que ocasionan que llevemos ya casi dos  meses con el golpe de estado sin desmontar con el consiguiente deterioro de la convivencia social, del desgaste económico de Cataluña y de la precariedad de la seguridad ciudadana.  Será cuestión de la modernidad.

Juan Chicharro Ortega General de División de IM. (R.)

Blog: generaldavila.com

19 octubre 2017