La prestigiosa catedrática Teresa Freixes, nada sospechosa de afinidad y menos de connivencia con el independentismo catalán, ha apoyado las tesis de la Fiscalía en el tema del derecho del prófugo Puigdemont a postularse como candidato a las próximas elecciones europeas. Según ella, todos los derechos fundamentales, entre ellos el de sufragio pasivo, pueden tener límites aunque, según la jurisprudencia del Tribunal europeo de derechos humanos, han de estar previstos en la ley con claridad y en la nuestra no lo están. Así, al no estar Puigdemont y el resto de afectados inscritos en el censo de residentes ausentes, todavía constan en los padrones de su último domicilio como posibles electores, por lo que, al tener derecho al voto,también pueden ser candidatos. Para que no fuera el caso sería necesario reformar la Ley electoral e introducir como causa de inelegibilidad el ser prófugo de la justicia.
Otra cosa es que el prófugo no pueda consolidar eventualmente la condición de diputado del Parlamento europeo porque,en caso de ser elegido su toma de posesión se regiría por la ley nacional española que exige retirar su acta en el Congreso de los Diputados y prometer o jurar la Constitución, de manera que, al existir en España una orden de arresto y captura para ser puesto a disposición del Tribunal Supremo (se mantuvo la orden nacional de detención al retirarse la europea) si deseara hacerlo ya sabe a qué se expondría.
El razonamiento de la doctora Freixes, coincidente con el de la Fiscalía, me parece impecable, aunque me inquieta mucho que en un país de juristas y leguleyos de todo tipo (Abogados del Estado, Letrados de Cortes, Magistrados, Catedráticos, abogados en ejercicio etc.), a ninguno de ellos se les haya ocurrido, en ningún momento y durante décadas, un mecanismo de defensa del Estado susceptible de evitar una escandalosa anomalía que desafía frontalmente el sentido común.
He tratado de explicar en varias ocasiones y seguramente en vano la diferencia entre la verdaderas democracias y aquellas apenas aparentes que teorizó Max Weber. La nuestra es de las segundas y fruto de un buenismo tan bienintencionado como insensato que incluso permite a sus enemigos actuar impunemente en el marco de la ley para tratar de destruirla, algo que choca contra el sentido común y contra aquella máxima sensata que prescribe aquello de «pas de liberté pour les ennemis de la liberté» y que, en español reza así: «ninguna libertad para los enemigos de la libertad».
Así nos va.
(*) Ex Embajador de España.
Blog: generaldavila.com
6 mayo 2019


























