¿POR QUÉ FUERZAS ARMADAS A LO QUE SIEMPRE SE LLAMÓ EJÉRCITOS Y MARINA? General de División (R.) Rafael Dávila Álvarez

Se ha generalizado, además de oficializarse, de acuerdo con la Constitución, el término Fuerzas Armadas. ¿Por qué y desde cuando ese nombre? Seguramente si hacemos la pregunta todos contestarán que siempre se llamaron así: Fuerzas Armadas.  Pues no. Conviene aclararlo porque la cuestión no es caprichosa ni baladí. No suele darse puntada sin hilo.

Ya saben que el término guerra está casi prohibido en nuestra Ley de leyes, limitándose a utilizar esa palabra (maldita) tres veces y no para su definición, sino como de paso, en los artículos 15, 63.3 y 169: <<pena de muerte en tiempo de guerra>> -asunto ya zanjado-; <<que al Rey le corresponde declarar la guerra>> (?); y por último, <<no poder iniciarse la reforma constitucional en tiempo de guerra>>. Eso es todo.

Me viene a la memoria lo acertadísimo que estuvo mi querido Coronel José María Grande Urquijo, colaborador de este blog, cuando en una conferencia dijo: <<Las Fuerzas Armadas no son una ONG con pistolas>>, una cruda realidad que nuestra clase política hipócritamente rehúye mientras azuza los rescoldos de la hoguera.

Vamos camino de la emergencia, de sitio (de sitiar, claro), Fuerzas de Sitio, o de Emergencia, más acorde con el lenguaje de nuestra Constitución que contempla los estados de alarma, excepción y sitio, pero no el de guerra. Es curioso contemplar que la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio (Art. 32, uno) dice: <<Cuando se produzca o amenace producirse una insurrección o acto de fuerza contra la soberanía o independencia de España, su integridad territorial o el ordenamiento constitucional, que no pueda resolverse por otros medios, el Gobierno, de conformidad con lo dispuesto en el apartado cuatro del artículo ciento dieciséis de la Constitución, podrá proponer al Congreso de los Diputados la declaración de estado de sitio>>. Algo parecido hablando en román paladino, a la guerra (sin citarla, no vaya a ser…) ¿no les parece? Estado de sitio: <<cuando se produzca o amenace producirse una insurrección (que significa: levantamiento, sublevación o rebelión de un pueblo, de una nación), o acto de fuerza contra la soberanía o independencia de España…>>.  Es difícil ponerlo más claro. Suena cercano eso de <<o amenace producirse>>.

¿Más aclaraciones?

Leo en el Diccionario de la RAE:

<<estado de sitio

  1. m. estado que, ante una agresión a la integridad del Estado, se decreta otorgando poderes excepcionales a la autoridad militar>>.

Los que acaban provocando el enfrentamiento (es histórico) suelen presentarse como pacifistas, pero no son pacíficos.

El que fue (es un decir) ministro de Defensa, Bono, en su día ya propuso eliminar los artículos de la Constitución Española que contienen la palabra guerra por innecesarios. Claro. Para guerra, la que él dio.

Me he ido, intencionadamente, del tema que inicialmente planteaba.

Entonces, ¿en qué quedamos? ¿Fuerzas Armadas o Ejércitos? ¿Fuerzas de sitio, de emergencias? Respuesta constitucional: <<Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire…>>.

La primera referencia al término Fuerzas Armadas que encontramos podría ser la Ley Orgánica del Estado de 10 de enero de 1967 cuyo título VI en su artículo 37 dice:<<Las Fuerzas Armadas de la Nación, constituidas por los Ejércitos de Tierra, Mar y Aire y las Fuerzas de Orden Público, garantizan la unidad e independencia de la Patria, la integridad de sus territorios, la seguridad nacional y la defensa del orden institucional>>.

Sin embargo en el maremágnun semántico el artículo siguiente de aquella misma ley hablaba de los Ejércitos de Tierra, Mar y Aire y para nada citaba a las Fuerzas de Orden Público.

Es sin duda la creación del ministerio de Defensa la que consagra el término <<Fuerzas Armadas>>, con visión conjunta de los Ejércitos, con el importante detalle de que desaparecen del concepto las de Orden Público.

También comprobamos que el término ejército en la acepción del Diccionario de la Real Academia Española es referido únicamente al conjunto de fuerzas aéreas o terrestres  de una nación, definiendo la Armada (en su acepción núm. 7) como el conjunto de fuerzas navales de un Estado. Es decir que la Armada es Fuerza Armada, pero no ejército. ¿O es el brazo naval de las Fuerzas Armadas como decía la II República? Aquello de los ejércitos de Tierra, Mar y Aire, en conjunto, ya no está dentro del lenguaje al uso.

En fin podíamos seguir perdidos en la semántica y terminología distinta para decir lo mismo, o no. Ejército, Armada, Fuerzas de Tierra y de Mar, Marina de Guerra, Fuerzas Nacionales de Tierra, Mar y Aire; o Ejércitos de Tierra, Mar y Aire, como se denominaban bajo el primer ministerio de Defensa creado en 1938 de quien dependían los ministerios de Tierra, Marina y Aire.

En resumen y de acuerdo con nuestra Constitución <<Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire…>>.

Queda claro. Y de guerra nada, sino Estado de sitio.

Como Alejandro Magno: el sitio de Tiro. No es mala la idea.

General de División (R.) Rafael Dávila Álvarez

Blog: generaldavila.com

¡BASTA YA! ESTADOS DE ALARMA, EXCEPCIÓN Y SITIO. General de División (R.) Rafael Dávila Álvarez

Barcelona hoy. ¡Basta ya!

¡BASTA YA!

Este artículo fue publicado en julio del pasado año. La situación no era tan grave como la que  hoy se vive en Cataluña.

No tomar medidas a tiempo hace que la situación empeore cada momento y estemos cerca de la defunción del Estado.

Un Gobierno socialista -parece mentira- aplicó en 2010 el Estado de Alarma por un tema menor comparado con el actual. Fue ante la huelga de controladores aéreos, a los que militarizó.

Ahora se trata de la unidad de España amenazada por las instituciones catalanas que han lanzado a la calle una extrema violencia que impide el normal desenvolvimiento de la vida cotidiana; desde ir a trabajar hasta acudir a un hospital. ¿A qué espera este Gobierno -y la oposición- para tomar medidas y permitir la cotidiana vida y sobre todo salvar a España de esta ignominia? De una vez por todas… ¡BASTA YA!

Les dejo el artículo publicado entonces perfectamente aplicable a la actual situación en Cataluña. Dejémonos de paños calientes y no olviden el 10N. Es el momento de ajustar cuentas con los que contemplan el panorama como si con ellos no fuese la cosa.

Es el grito que España lanza: ¡BASTA YA!


<<Real Decreto 1673/2010, de 4 de diciembre, por el que se declara el estado de alarma para la normalización del servicio público esencial del transporte aéreo>>.

Que no nos falle la memoria. Los estados de alarma, excepción y sitio están contemplados en la Constitución española y, aunque parezca mentira, se aplicó el de alarma en el año 2010 con el Gobierno socialista de Zapatero, el maestro de Pedro Sánchez. Fue la primera, y única, vez que en democracia se decretaba una militarización y se entraba en situación de alarma. El motivo fue la huelga de controladores aéreos que llevó al cierre del espacio aéreo de Galicia y desembocó en el cierre del espacio aéreo de todo el territorio nacional los día 3 y 4 de diciembre.

Está contemplado en el artículo 116 de la Constitución que se regula por la Ley Orgánica 4/1981 de 1 de junio de los estados de alarma, excepción y sitio.

La actual situación en Cataluña se está enrareciendo de tal manera que la frase del presidente del actual Gobierno de España después del enfrentamiento de Torra con el embajador de España en Estados Unidos: <<No vamos a buscar para nada la confrontación con el Gobierno de Cataluña>>, puede que se la tenga que tragar en breve.

La confrontación existe, el ataque es a por todas, y no hay tiempo para ninguna negociación ni diálogo que no sea la rendición total y sin condiciones de los rebeldes. Porque la situación es de rebelión, un delito contra los poderes del Estado, con el fin de derrocarlos.

El actual presidente del Gobierno se empeña en dialogar lo no dialogable, en negociar lo innegociable y, en definitiva, entregarse a los que le han cedido la presidencia del Gobierno a cambio de que no haya Gobierno ni Estado. Lo estamos viendo. Ni Gobierno, ni Estado.

Se trata de Cataluña y el País Vasco, la independencia y los terroristas vencedores. ¿Tienen para más tarde en su punto de mira a la monarquía; unos y otros, los que han entregado el gobierno y los que lo han recibido?

Está cada día más clara la necesidad ineludible de volver a aplicar el artículo 155 de la Constitución y recuperar la perdida soberanía nacional; con resolución y firmeza, devolver los derechos a los españoles que viven en Cataluña, y hacer cumplir la Ley.

La situación es de tal gravedad que quizá haya que llegar más lejos, aunque el 155 bien aplicado da para mucho.

Empezaba este artículo con el Real Decreto que en 2010 declaraba el estado de alarma. ¿No es infinitamente más grave la situación actual de rebeldía en Cataluña? ¿No es hora de acabar con las ambigüedades y la destrucción de España?

¿Existe en Cataluña el libre ejercicio de los derechos y libertades de los ciudadanos y el normal funcionamiento de las instituciones democráticas? Si ustedes opinan que no, lean lo que dice la Ley Orgánica 4/1981 de 1 de junio de los estados de alarma, excepción y sitio:

El estado de excepción

Artículo 13

  1. Cuando el libre ejercicio de los derechos y libertades de los ciudadanos, el normal funcionamiento de las instituciones democráticas, el de los servicios públicos esenciales para la comunidad, o cualquier otro aspecto del orden público, resulten tan gravemente alterados que el ejercicio de las potestades ordinarias fuera insuficiente para restablecerlo y mantenerlo, el Gobierno, de acuerdo con el apartado 3 del  116 de la Constitución, podrá solicitar del Congreso de los Diputados autorización para declarar el estado de excepción>>.

En Cataluña en estos momentos no funciona nada. El Rey reprobado, el Estado desaparecido, las libertades coaccionadas, la violencia organizada y preparados los piquetes, el odio a flor de piel.

El Gobierno de Zapatero, tan dialogante, tan plural, que discutía hasta el concepto de nación, mira por donde tuvo que militarizar a los controladores y aplicar el estado de alarma. ¡¿Quién lo diría!?

Tengo para mí, que este presidente del Gobierno del Reino de España, y lo digo quizá con una vana esperanza, no vaya a ser que esté en el lío, se vea obligado a declarar no el estado de alarma sino el de excepción, y esperemos que no sea demasiado tarde y nos veamos sitiados.

Claro que:

<<Dudoso es el curso de la culebra torciéndose a una parte y otra con tal incertidumbre, que aun su mismo cuerpo no sabe por dónde le ha de llevar la cabeza; señala el movimiento a una parte, y le hace a la contraria, sin que dejen huellas sus pasos ni se conozca la intención de su viaje>> (Saavedra Fajardo).

¿Sabe alguien cual es el curso de la culebra?

Rafael Dávila Álvarez. General de División (R.)

Blog: generaldavila.com

2 julio2018-16 octubre 2019